Horario de atención: Lunes a Viernes, de 08:00 am. a 17:00 pm.

Funciones de la comisión

Comunicar a los trabajadores las decisiones tomadas por la Comisión en materia de carrera administrativa.

Con base en el ARTÍCULO 6. FUNCIONES DE LA COMISIÓN, del Reglamento al Régimen de la Comisión de Carrera Administrativa, son funciones de la Comisión:

 

  • Promover el desarrollo profesional y académico de los funcionarios administrativos de la Universidad Nacional.

  • Recibir, analizar y resolver las solicitudes de ingreso y ascenso al régimen para el reconocimiento de la carrera administrativa de la Universidad Nacional.

  • Estudiar y calificar los atestados que presentan los trabajadores administrativos y remitir la resolución respectiva a la Unidad de Proceso y Cálculo del Programa de Recursos Humanos para su ejecución.  

  • Comunicar a los trabajadores las decisiones tomadas por la Comisión en materia de carrera administrativa.

  • Resolver los recursos de reconsideración. Modificado según el oficio SCU-1036-2015.

  • Valorar objetivamente la permanencia de los funcionarios administrativos dentro del Régimen.

  • Dictaminar, de previo a la aprobación por parte de la Vicerrectoría de Administración, sobre la inclusión o exclusión de nuevas clases, así como sobre las modificaciones de los deberes, responsabilidades, requisitos de las clases existentes, de conformidad con lo establecido en los artículos 30 y 31 del Reglamento del Sistema de Puestos y Salarios. Modificado según el oficio SCU-1036-2015.

  • Dictaminar de previo a la resolución de la Vicerrectoría de Administración sobre los recursos de revocatoria presentados en materia de reasignación, reclasificaciones o valoraciones de puestos de conformidad con lo establecido en el Reglamento del Sistema de Puestos y Salarios. Modificado según el oficio SCU-1036-2015.

  • Asesorar a los trabajadores administrativos en materia de aplicación del régimen de carrera administrativa.

  • Solicitar a la instancia que corresponda, el apoyo técnico necesario para la evaluación de los casos que considere pertinentes.

  • Ejercer la potestad disciplinaria sobre los miembros de la Comisión.

  • Proponer al Consejo Universitario las modificaciones al presente reglamento.

  • Nombrar Comisiones Ad-doc compuestas por profesionales de la más alta competencia en áreas afines, cuando lo considere pertinente, para evaluar la calidad de la producción intelectual.

  • Elaborar y aprobar su propia normativa interna, teniendo como marco de referencia el alcance de este reglamento.

  • Velar por el funcionamiento de un adecuado sistema de documentación e información de la operación del Reglamento de Carrera Administrativa e informar anualmente al Consejo Universitario sobre los resultados de dicha gestión.

  • Cumplir con otras funciones propias de su campo de acción, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto Orgánico, el presente Reglamento y otras normas de su competencia.