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Reseña Histórica

Desde 1981, tanto la Universidad como el Sindicato de Trabajadores convienen en mesa de negociación de la II Convención Colectiva la creación de un régimen de méritos e incentivos, denominado Comisión de Carrera Administrativa y Técnico Profesional.

Como resultado de la necesidad de fortalecer la excelencia técnica y profesional del sector administrativo de la Universidad Nacional, que permitiera lograr un mejoramiento continuo de los servicios que se brindan a la comunidad nacional, así como el apoyo hacia el sector académico y estudiantil, es que desde 1981, tanto la Universidad como el Sindicato de Trabajadores convienen en mesa de negociación de la II Convención Colectiva la creación de  un régimen de méritos e incentivos, denominado Comisión de Carrera Administrativa y Técnico Profesional.

 

Esta comisión inicialmente estaría integrada por seis miembros, cuatro elegidos por el Consejo Universitario y dos por la Junta Directiva del Sindicato, cuyo fin sería garantizar una efectiva Carrera Administrativa y Técnico Profesional, para satisfacer plenamente las necesidades de los sectores que demandan sus servicios. Transitoriamente la Comisión de Carrera Administrativa y Técnico Profesional presentaría al Consejo Universitario una propuesta de reglamento, el cual entraría en vigor seis meses después de la firma de dicha convención. (Artículo 17, II Convención Colectiva, 1981).

 

Foto históricaEn esta misma etapa de negociación se establece la importancia de que la Universidad Nacional por medio de las comisiones de Carrera Académica, Administrativa y Técnico Profesional, solicitaran la apertura de cursos que consideraran necesarios para el mejoramiento continuo de los trabajadores, dichas capacitaciones podrían ser presentadas y reconocidas por el régimen al que perteneciera el funcionario, (Artículo 22, II Convención Colectiva, 1981).

 

De igual manera con el objetivo de hacer efectivo el proceso de capacitación, así como su respectivo incentivo económico, se establece en la III Convención de Trabajo firmada en 1984, que todo funcionario tendría derecho a recibir de oficio un certificado o constancia, el cual  presentaría ante la comisión para su respectivo análisis y reconocimiento, para lo cual la Universidad estaría comprometida a presupuestar anualmente un monto específico para el financiamiento de todas las solicitudes que llegasen a la Comisión,  (Artículos,  30, 35 y 42, III Convención Colectiva, 1984).

 

Para 1992, la Comisión de Carrera Administrativa y Técnico Profesional se concibe como un conjunto integrado de planes, políticas, normas y procedimientos en diversos campos de la Administración de los Recursos Humanos, implementando una mayor articulación entre las labores cotidianas del funcionario y su relación con los objetivos de cada unidad académica o administrativa, pudiéndose observar una mayor eficiencia y responsabilidad del trabajador y a la Universidad a través del Programa de Recursos Humanos la posibilidad de desarrollar en sus colaboradores un plan de progreso durante su permanencia en la institución.

 

Para este mismo año se define que la Comisión de Carrera Administrativa y Técnico Profesional estará integrada por cinco miembros propietarios y tres suplentes, nombrados por el Consejo Universitario. De ellos, tres propietarios y dos suplentes a propuesta del Rector y dos propietarios y un suplente a propuesta del Comité́ Ejecutivo del SITUN. Además de estos cambios se reitera la importancia de que la Institución mantenga un diagnóstico actualizado de las necesidades de capacitación, formación y especialización del personal. Con base en ese diagnóstico la Vicerrectoría de Desarrollo en coordinación con las facultades y unidades académicas elaborarán y ejecutarán planes anuales de capacitación y formación. (Artículos 40, 41, 52, 53, IV Convención Colectiva, 1992).

 

En la actualidad 40 años después de su creación, la Comisión de Carrera Administrativa busca las formas de replantearse, con el objetivo de seguir brindando la posibilidad de que las y los funcionarios de la Universidad continúen en un crecimiento académico y por ende profesional, que le permita un mayor desarrollo en el puesto que desempeña, como parte de la inversión y motivación que la Institución propicia en su talento humano, fomentando la excelencia y el mejoramiento en el desempeño.